viernes, 31 de octubre de 2008

Medios. Control. La regulación de la publicidad. Por Vivina y Laura

Según el presidente del Consejo Audiovisual de la Junta de Andalucía, Manuel Ángel Vázquez Méndez, en una entrevista en La Gaceta de los Negocios la existencia de dicho Consejo no sería necesaria si los profesionales “actuaran de manera digna” con los ciudadanos.


Parece ser que la creación del Código de Conducta Publicitaria aprobado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 1996, ha sido la consecuencia de una larga trayectoria de atentados contra el individuo y sus derechos por parte de diversas campañas publicitarias. A partir de entonces, surgen organismos tales como AUTOCONTROL, la única entidad privada española que ha sido reconocida por la Comisión Europea por cumplir los requisitos y principios de independencia, transparencia, contradicción, eficacia, legalidad, libertad de elección y derecho de representación por parte del consumidor, establecidos en la Recomendación 98/257/CE y que vela porque la publicidad emitida en nuestro estado cumpla los principios del Código de Conducta Publicitaria, especialmente los de legalidad, veracidad y buena fe, sin que puedan constituir nunca un medio para abusar de la buena fe de sus destinatarios, ni explotar su posible falta de experiencia o conocimientos.


Sin embargo y, a pesar de los códigos deontológicos que se han elaborado para la regulación publicitaria, uno no se puede olvidar de que la publicidad sigue siendo eso mismo, publicidad, es decir una serie de recursos audiovisuales que pretender llegar a un consumidor para venderle y convencerle sobre las prodigiosas características de un producto. Todo ello significa que, aunque exista una medición de su impacto y una limitación de su actuación, la propaganda existe para persuadir y, en su trasfondo, siempre se encuentra una intención de negocio, de venta y de incitación al consumismo. No se puede afirmar que la creación de unos principios éticos reguladores ofrezcan repercusiones negativas en el individuo, pero sí hay que tener en cuenta que lo que han conseguido este conjunto de preceptos éticos no es más que crear un tipo de publicidad alternativa basada en mensajes subliminales. Existe una frase hecha que reza lo siguiente: “las normas se hacen para infringirlas”, y buena parte de ella lleva razón. Si hay norma hay excepción y también incumplimiento de la misma para que esta pueda ejecutarse. La consecuencia de los códigos deontológicos publicitarios han originado corrientes propagandísticas sutiles y, aparentemente, reflectantes de la realidad, pero una realidad verdaderamente idílica y lejana para el individuo de la calle. Y es, quizá, en estos momentos, cuando la publicidad se ha convertido en una herramienta más cruel y con menos escrúpulos, utilizando recursos que supuestamente evidencian la esencia del ser humano, para que éste se dé cuenta de la miseria humana en la que está sumergido y que ponga sus esperanzas en los productos milagrosos que la publicidad le intenta vender. De una manera u otra, las intenciones publicistas son siempre las mismas. El fin es idéntico, a pesar de que los medios sean diferentes, por lo que nos debería dar igual que la chica que anuncia una crema anticelulítica sea una admirable modelo o una mujer del día a día, cuando la esencia del anuncio es la misma: comercializar su género. Es de este aspecto del que nos deberíamos preocupar y no quedarnos solamente en aquello que nos entra por los ojos con una u otra imagen. El problema está en el trasfondo, en el mensaje, no en la superficie, ni en la imagen.

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